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17/02/2010
Salcedo Rada Domingo
ESTUDIO SAUCEDO ARZABE- SALCEDO RADA - BOLIVIA
Bolivia, es un estado plurinacional con diversidad étnica, social y económica. Básicamente esta dividida por dos áreas, la occidental que esta situado mayoritariamente en el altiplano y los valles altos y la oriental situada en las tierras bajas del amazonas.
Una de las ciudades más representativas del área occidental es la ciudad de El Alto, situada a 4300 metros sobre el nivel del mar, con un millón de habitantes, en su mayoría gente humilde y de escasos recursos, proveniente de la migración de indígenas aymaras de provincias del Altiplano Boliviano, mineros despedidos, campesinos migrantes, obreros desempleados o con empleos temporales.
Una de las consecuencias del fenómeno de la migración aymara es mantener las costumbres y tradiciones de forma tal que se procure conservar la identidad cultura y de raza, es justamente la “tradición comunitaria” que esta profundamente arraigado en las costumbres de la población “alteña – aymara”.
Esta tradición comunitaria se puede entender como el valor o valores del pueblo aymara sin una pertenencia particular a un sujeto sino al conjunto social, no importa si su origen provenga de una persona particular, en otras palabras cualquier actuación particular involucra al conjunto de la población . 1
En este contexto, una situación que puede ilustrar la “tradición comunitaria”, es conocida como “el pasanaku” que constituye una ayuda comunitaria a las familias en una especie de “préstamo - ahorro” que recorre de familia en familia mediante sorteo; por ejemplo se reunen 6 familias donde cada una aporta 100 $us. por 6 meses, el monto total 600 $us. beneficia a una familia “ganadora” de forma mensual que dispone del dinero como vea conveniente 2; todos disfrutan de un préstamo sin intereses y asimismo se logra ahorrar el monto comprometido en “el pasanaku”.
Es así que la propiedad intelectual entendida genéricamente como “el derecho exclusivo de un individuo a disfrutar de su creación intelectual” constituye un elemento “extraño” para la población aymara, pues bajo el principio “comunitario” como norma de vida, el aporte de un individuo pertenece a todos, a la comunidad en su conjunto y no puede beneficiar de forma particular a un sujeto sino debe ser de uso general y difusión no restringida.
De hecho, mucho de la tradición de los médicos andinos llamados “kallawayas” en cuanto a sus métodos de curación han pasado de generación en generación o combinaciones de plantas medicinales y su uso doméstico también sin que nadie se hubiera “apropiado” de forma individual de estos conceptos o beneficios. 3
No es raro por ello que en El Alto, cuya población ha mantenido este principio “comunitario” que la “piratería intelectual” 4 no tenga mayor relevancia en la población ni le presta atención y menos sea considerada “un delito”, pues se piensa que el aporte de un individuo en cualquier área debe beneficiar a toda la comunidad y no puede ser reclamado de forma individual.
Es por esta razón que no es anómalo ver que los “piratas” lamentablemente se hayan apropiado maliciosamente de este concepto (en principio beneficioso) para generar beneficios a su costa en diversidad de formas, tanto falsificando marcas de productos de toda índole, reproduciendo de forma ilegal material de sofware, literatura, cinematográfico, musical u otras formas, amparados “por este principio comunitario”, en mercados donde no se tiene control ni presencia gubernamental 5 Lamentablemente este principio que merece relevancia en su sana práctica ha sido tergiversado por gente inescrupulosa que como reiteramos utiliza al mismo para su beneficio, haciendo de este mercado ilegal uno de los más importantes de nuestro país.
A esta coyuntura debemos añadir dos factores también de consideración:
• Que el indígena aymara (incluídos campesinos, mineros, obreros desempleados), no tuvo acceso a la educación sino hasta 1953 de forma limitada y actualmente mucha de la población alteña – aymara tiene escasa formación escolar, lo que ha impedido que el concepto occidental del “derecho intelectual particular” 6 pueda penetrar en su modo tradicional de vida y entonces considerar a la “piratería intelectual” como un delito o una acción negativa para la sociedad.
• Otro aspecto que debe tenerse presente es que el nivel de vida del indígena aymara es bajo pues su economía básicamente es de supervivencia y por ello cuanto más accesible sea un producto, no importa su origen legal o ilegal, adquiere este producto mientras satisfaga sus necesidades. 7
Es por estas razones que el concepto de propiedad intelectual individual en la población aymara 8, “perdió la batalla” mucho antes de ser comenzada y no sabemos si el Servicio Nacional de Propiedad Intelectual en Bolivia podrá en algún momento desarraigar el concepto de la “propiedad intelectual” del “principio comunitario” lo que determinaría definitivamente un principio para conceptuar “la piratería intelectual” como un delito o una infracción a un derecho entre la población aymara. 9
1 Es interesante conocer este fenómeno sociológico que ha derivado en situaciones sociales cuestionables como la “justicia comunitaria” a través de cabildos donde se decide la suerte de la infidelidad, antisociales y otros. Inclusive su tratamiento ahora será objeto de reglamentación mediante ley específica en nuestro país, pues “la tradición comunitaria” es reconocida por la actual Constitución Boliviana.
2 El pasanaku solo beneficia a una familia por mes y necesariamente debe ser diferente cada vez hasta agotar a todas las familias que aportan el dinero.
3 Por ejemplo una planta llamada localmente como “airampu” es utilizada para bajar la temperatura en situaciones de procesos febriles complicados.
4 Entendida como la infracción o violación al derecho exclusivo de uso y goce de la creación particular.
5 La feria de “la 16 de julio” es conocida en todo el mundo donde se vende, en un mercado callejero que abarca una decena de cuadras, todo tipo de productos falsificados y de reproducción ilegal.
6 Contrariamente el derecho de propiedad intelectual colectiva - tradicional como las vestimenta, danzas y lugares sagrados son defendidos aguerridamente (como ejemplo la disputa del baile tradicional conocido como “la diablada” con Chile y Perú).
7 En la ciudad de El Alto es común ver locales comerciales que venden bebidas tradicionales como las denominada “apí” (bebida caliente de maíz) acompañada de la exhibición de una película sin autorización de la transmisión pública, proveniente de un DVD “pirata”, en un televisor de 32 pulgadas (cuyo origen es indeterminado).
8 Actualmente la población indígena (mayoritariamente aymara) y los mestizos identificados con la misma ocupan el 70 % de la población total de Bolivia.
9 La legislación boliviana en materia penal establece como delitos de distinta tipificación a las acciones contra los derechos de propiedad intelectual, sin embargo hasta el presente podemos contar con los dedos los casos que tuvieron éxito con alguna sanción penal.
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